Bolsa extraordinaria

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NOVEDAD

Resolución de 23 de octubre de 2024, de la Dirección General de Justicia y Autogobierno, por la que se dispone la publicación del listado definitivo de la bolsa extraordinaria del cuerpo de médicos y médicas forenses, convocada por Resolución de 24 de mayo de 2024.

Anexo I: Listado definitivo médicos/as forenses

Resolución de 13 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Justicia y Autogobierno por la que se dispone la publicación del listado provisional de la bolsa extraordinaria de trabajo del cuerpo de medicos/as forenses convocada por resolución de 24 de mayo de 2024.

De conformidad con la base 9.2 de la resolución de 24 de mayo de 2024, de la Dirección General de Justicia, las personas aspirantes incluidas en el Anexo, dispondrán de un plazo de 10 días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución (desde el dia 17 al 26 de septiembre, ambos incluidos) para que formulen las reclamaciones que estimen pertinente y aporten las certificaciones correspondientes en aquellos méritos presentados y no acreditados e indicados en el listado, en relación con la baremación. Al escrito de alegación deberá acompañar copia de lo que pretenda acreditar/subsanar, en formato pdf, remitirlo a través de LA SOLICITUD GENERAL ÚNICA y dirigido a la Dirección General de Justicia y Autogobierno.

Anexo: listado provisional medicos forenses

Resolución de 24 de mayo de 2024, de la Dirección General de Justicia por la que se convoca la constitución de una bolsa extraordinaria de trabajo mediante el procedimiento previsto en la disposición adicional segunda de la Orden 31/2022, de noviembre que modifica la Orden 3/2020, de 7 de febrero, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, sobre selección y nombramiento de personal interino para cubrir puestos de los cuerpos de médicos forenses, gestión procesal y administrativa, tramitación procesal y administrativa y auxilio judicial de la Administración de justicia en la Comunitat Valenciana.

  • Fecha de presentación de instancias: desde el 29 de mayo hasta el 12 de junio, ambos inclusive.   > PROCEDIMIENTO

 

NOTA INFORMATIVA

¿Quién puede presentarse a la bolsa extraordinaria?

  • Aquellos que cumplan los requisitos generales y los establecidos en la base segunda de la resolución por la que se convoca la bolsa extraordinaria.
  • Además, aquellas personas que forman parte de los listados de aprobados pueden solicitar su inclusión en la bolsa extraordinaria en un cuerpo y una provincia.

¿Quién no debe presentarse a la bolsa extraordinaria?

  • Aquellas personas que forman parte de la bolsa ordinaria no se tienen que presentar. Serán excluidas automáticamente.
  • Aquellas personas que estaban en la bolsa de no admitidos y fueron integrados a través de las sucesivas ampliaciones de bolsa que se han realizado en los últimos meses, dado que ya forman parte de la bolsa ordinaria que, además, tiene carácter preferente.

¿Qué convocatorias se tendrán en cuenta como requisito para formar parte de la bolsa extraordinaria de personal interino establecido en la base segunda b) de la Resolución de 24 de mayo de 2024?

  • Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre, por el que se convoca el proceso selectivo para el acceso, por el sistema general de acceso libre a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

  • En los procedimientos de la Orden JUS/1327/2022, de 28 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo extraordinario para acceso por el turno libre, a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia,  se considerarán también los resultados de los procesos cuyos listados con los resultados de las calificaciones de aptos y no aptos, se hayan publicado antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la bolsa extraordinaria.

  • Para formar parte de las bolsas es necesario haber alcanzado, al menos, el 30% de la puntuación máxima posible en el primer ejercicio del cuerpo al que se opta

¿Qué convocatoria se tendrá en cuenta como mérito de la superación de ejercicios en procesos selectivos,  base sexta  2  de la Resolución de 24 de mayo de 2024)?

  • Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre, por el que se convoca el proceso selectivo para el acceso, por el sistema general de acceso libre a los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.

  • Falta incorporar en la precarga de los méritos, la nota del tercer examen del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa. Como se trata de una puntuación que la Conselleria debería haber incorporado de oficio en el autobaremo, será agregada posteriormente. El resultado de los méritos alegados por los participantes afectados por esta incidencia, no quedarán afectados por lo dispuesto en el artículo 10.5 de la Orden 3/2020, de 7 de febrero de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública.