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Fondo estratégico municipal de prevención de incendios y gestión forestal

Fondo estratégico municipal de prevención de incendios y gestión forestal


La creación del Fondo Estratégico Municipal de Prevención de Incendios y Gestión Forestal de la Comunitat Valenciana, se establece en el artículo 77 de la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, Forestal de la Comunitat Valenciana, con la finalidad de ayudar a los ayuntamientos a financiar actuaciones en materia de prevención de incendios forestales y de gestión forestal, planificadas y aprobadas.

El Fondo Estratégico Municipal de Prevención de Incendios y Gestión Forestal de la Comunitat Valenciana consiste en una subvención directa para que los ayuntamientos, con terrenos forestales en su término municipal, lleven a cabo la ejecución de las actuaciones contempladas en sus Planes Locales de Prevención de Incendios Forestales (PLPIF o PLRPIF), así como en sus instrumentos técnicos de gestión forestal, previamente aprobados por la Conselleria competente. La cuantía de este fondo asciende en 2023 a un total de diez millones de euros (10.000.000 de euros).

Serán subvencionables:

  • Apertura de nuevas áreas cortafuegos o zonas de discontinuidad lineal, incluso tratamientos de la vegetación junto a viales como bandas de seguridad o fajas auxiliares.
  • Apertura de nuevas áreas cortafuegos o zonas de discontinuidad perimetral en zonas de interfaz urbano-forestal y en lugares de alta afluencia de personas o de uso público.
  • Apertura, acondicionamiento o creación de áreas o puntos estratégicos de gestión (PEG).
  • Mantenimiento y conservación de áreas cortafuegos o zonas de discontinuidad lineal o perimetral en zonas de interfaz urbano-forestal y en lugares de alta afluencia de personas o de uso público, así como áreas o PEG.
  • Mantenimiento mediante laboreo de campos de cultivo como zonas de discontinuidad en masas forestales, incluso operaciones de desbroce y laboreo en bancales en desuso agrícola eventual, siempre que no suponga un cambio del uso forestal ni un cambio de cultivo según la normativa ambiental.
  • Mantenimiento, reparación y mejora de pistas forestales.
  • Adaptación y mejora de depósitos de agua para la extinción de incendios forestales.
  • Construcción de nuevos depósitos de agua para prevención y extinción de incendios forestales.
  • Instalación de hidrantes para la extinción de incendios forestales.
  • Adecuación de áreas recreativas en zonas de uso público para mejorar la prevención de incendios.
  • Señalización de infraestructuras de prevención de incendios forestales.

También serán subvencionables las actuaciones selvicolas planificadas y aprobadas en instrumentos técnicos de gestión forestal:

  • Cortas de mejora con eliminación de restos: claras, clareos y resalveos.
  • Podas de formación o mantenimiento.
  • Pela del corcho de baja calidad o desbornizado pasado su turno.
  • Regulación de competencia: desbroces selectivos, parciales o totales.