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Información aplicación LOTUP

Información aplicación LOTUP

El Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (en adelante, LOTUP) establece, en su Disposición Adicional Séptima, medidas de prevención de los incendios forestales de aplicación en las urbanizaciones, los núcleos de población, las edificaciones y las instalaciones situadas en terrenos forestales y en su zona de influencia forestal.
En su primer párrafo indica que los ayuntamientos de municipios con suelos forestales deberán identificar y delimitar cartográficamente cualquier urbanización, núcleo de población, edificación o instalación susceptible de sufrir riesgo de incendio forestal por estar situadas en terrenos forestales o en zona de influencia forestal. Para ello, podrán acordar con entes supramunicipales y con la administración de la Generalitat los servicios o mecanismos de apoyo que resulten necesarios para la elaboración de dicha delimitación cartográfica.
El plazo para la elaboración de la delimitación cartográfica es de dos años, a contar desde la entrada en vigor de la Disposición Adicional Séptima, del Decreto Legislativo 1/2021, es decir, el plazo finaliza el 1 de enero de 2024.
Esta nueva normativa se trasladó a todos los municipios de la Comunitat Valenciana a principios del año 2022, mediante escrito suscrito por la Federación Valenciana de Municipios y Provincias y la Dirección General de Prevención de Incendios Forestales de la Generalitat, para su conocimiento y efectos.
Pese a la gravedad del problema al que nos enfrentamos, son muchos los ayuntamientos que todavía no han dado cumplimiento a esta previsión legal. Por este motivo la Dirección General de Prevención de Incendios Forestales de la conselleria de Justicia e Interior, consciente del grave problema social y de seguridad que supone la existencia de urbanizaciones, núcleos de población, edificaciones e instalaciones en entornos forestales por el riesgo manifiesto de sufrir un incendio forestal, y la falta de medios técnicos de las corporaciones municipales, ha establecido un mecanismo de apoyo, así pues, se ha procedido a calcular de oficio la cartografía de interfaz urbano forestal de los términos municipales que no han presentado la cartografía, con base en la Instrucción Técnica de 23 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Prevención de Incendios Forestales sobre la elaboración de la cartografía prevista en la Disposición Adicional Séptima del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del TRLOTUP.

Si el Ayuntamiento está conforme con la cartografía de interfaz urbano forestal de su término municipal enviada de oficio, y considera que no es necesaria la modificación de la cartografía remitida, se le insta a remitir a la Dirección General de Prevención de Incendios Forestales, el Acuerdo Plenario de aprobación de dicha cartografía.

En caso de no estar conforme, tienen la opción de efectuar las correcciones que consideren necesarias de acuerdo con lo establecido en la mencionada Instrucción Técnica de 23 de noviembre de 2023, y, posteriormente, deberán presentar el Acuerdo Plenario de aprobación de la cartografía modificada, así como la propia cartografía, identificando las modificaciones efectuadas.

 

 

 Preguntas frecuentes:

 

¿No encuentro la cartografía de la interfaz?

La cartografía ha sido entregada en un archivo comprimido y consta de 8 archivos que conforman el archivo digital con formato shape (.shp). Aunque no se pueda abrir directamente cada uno de esos archivos es necesario descargar todo el archivo Zip y no borrar ninguno de los archivos interiores.

 

¿Qué podemos hacer con la cartografía?

La podemos visualizar en el visor de la GVA (https://visor.gva.es/visor/ )  o trabajar con ella en algún programa de GIS (Sistema de Información Geográfica). Los programas habituales son ArcGis (licencia) y QGIS (programa libre).

 

¿Cómo debemos preparar la cartografía para visualizarla en el visor de la GVA?

Para poder visualizar la cartografía en el visor es necesario realizar un paso previo que consiste en descomprimir el archivo Zip (documentación LOTUP) y una vez descomprimido seleccionar los 8 archivos que No son PDF y volverlos a comprimir en un archivo Zip.

Esta nueva carpeta comprimida, si no se cambia el nombre por defecto, tendrá la siguiente nomenclatura Código del municipio_Nombre del Municipio.zip (12117_Torreblanca.zip). Es conveniente guardarla en un lugar conocido, ya que luego la vamos a tener que localizar para introducirla en el visor.

 

¿Cómo añadir la capa (archivo zip) en el visor de la GVA?

Los pasos para añadir una nueva capa en el visor de la GVA se resumen en los pasos (1-5) de la siguiente imagen

  1. Seleccionar el icono de añadir capa situado en la parte superior derecha.
  2. En la nueva ventana emergente seleccionar la última pestaña “ficheros”
  3. Elegir como archivo a añadir la nueva capa comprimida Código del Municipio_Nombre del Municipio.zip
  4. Seleccionar el Sistema de Referencia. EPSG 25830
  5. Seleccionar Añadir capa


Imagen 1.- Representación de los pasos (1-5) para añadir una nueva capa en el visor de la GVA.

 

¿Qué significa lo que vamos a visualizar?

Una vez añadida la cartografía (paso 4), el visor nos va a llevar a visualizar la Interfaz urbano-forestal (IUF) del muncipio en cuestión. Por defecto se visualiza con polígonos verdes. Su cálculo esta detallado en la instrucción (DG10.03 Instrucción cartografía) que se encuentra en la misma documentación enviada.  

Imagen 2.- Representación de la capa de IUF de un muncipio de la Comunitat Valenciana.

 

¿Cómo podemos cabiar la visualización por defecto?

Para cambiar la visualización por defeco que nos ofrece el visor debemos ir a capas activas y al hacer click en ella se despliegan funcionalidades como transparencia de la capa , la paleta de colores o la tabla de atributos.


 

Transparencia de la capa. Con esta herramienta se puede modificar la transparencia para poder visualizar cómodamente la ortofoto y la cartografía de IUF. 


 

Paleta de colores. Con esta herramienta se puede cambiar el relleno y la línea exterior de los polígonos.   


 

Tabla de atributos. En esta tabla se puede seleccionar cada uno de los polígonos y al seleccionarlo, el visor hace zoom a cada uno de ellos.

 

¿Qué se ha de aprobar por parte del Ayuntamiento?

Si estan conformes con la cartografía visualizada, se debe aprobar por Acuerdo Plenario y remitir la probación por el  trámite telemático indicado en la notificación recibida a la Dirección General de Prevención de Incendios Forestales (DGPIF).

Si no estuvieran de acuerdo con la cartografía y necesitan añadir o eliminar alguna infraestructura, deberán modificar la cartografía de IUF de acuerdo con la instrucción (DG10.03 Instrucción cartografía). Una vez cambiada, se deberá aprobar en el Pleno y remitir a la DGPIF, el acuerdo plenario y la nueva cartografía modificada por el Ayuntamiento.

 

¿Un Ayuntamiento debe elaborar la cartografía de interfaz urbano- forestal si en su término municipal no hay terreno forestal?

Si hay alguna urbanización, núcleo de población, edificación o instalación a menos de 500 metros de terreno forestal, aunque este último no esté dentro del término municipal porque pertenece al municipio colindante, sí que habrá que elaborar la cartografía.

 

Si ninguna de las preguntas anteriores resuelve su consulta

Contacte con el teléfono 648.63.66.68

(de lunes a viernes, excepto festivos, de 9:00h a 14:00h)

O por e-mail a: prev_iiff_gva@gva.es