Consejo Asesor

Consejo Asesor

El Consejo Asesor de Justicia Gratuita se creó por el Decreto 17/2017, de 10 de febrero, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de asistencia jurídica gratuita, siendo consolidado como la máxima instancia consultiva por el nuevo Decreto 175/2021, de 29 de octubre, del Consell, de aprobación del reglamento de asistencia jurídica gratuita, (en adelante Decreto 175/2021), que entró en vigor el 9 de noviembre de 2021, derogando el anterior y regulando en su Capítulo II, con la denominación “Del Consejo Asesor de Asistencia Jurídica Gratuita”, su naturaleza, composición, funciones y funcionamiento.

En su artículo 10 se le define como “el órgano colegiado consultivo en materia de prestación del servicio de asistencia jurídica gratuita en el ámbito de la Comunitat Valenciana”, y “se adscribe a la conselleria con competencias en materia de administración de justicia, a través de la dirección general con competencias en materia de justicia gratuita”.

Y de conformidad con lo dispuesto en su artículo 11 está integrado por las siguientes personas:

    • Presidencia: La persona titular de la conselleria que tenga atribuidas las competencias en materia de justicia gratuita.
    • Vicepresidencia: La persona titular de la dirección general con competencias en materia de justicia gratuita. En casos de vacante, ausencia o enfermedad será sustituida por la persona que ejerza la subdirección general con competencias en materia de justicia gratuita.
    • Vocalías:

1º. La persona titular de la dirección general con competencias en materia de justicia. En casos de vacante, ausencia o enfermedad será sustituida por la persona que ocupa una subdirección general adscrita a dicho centro directivo.

2º. Una persona colegiada como profesional de la abogacía, en representación del consejo autonómico de la abogacía designada por este.

3º. Una persona colegiada como profesional de la procura, en representación del consejo autonómico de la procura, designada por este.

4º. Una persona en representación de la judicatura, designada por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana.

5º. Una persona en representación del cuerpo de letrados y letradas de la Administración de Justicia, designada por la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana.

6º. Una persona representante de la Abogacía de la Generalitat, designada por la persona titular de la Dirección General de la Abogacía de la Generalitat.

    • Secretaría: Una persona funcionaria perteneciente al subgrupo A1 de administración general, con licenciatura o grado en derecho, que ocupe un puesto de trabajo adscrito a la dirección general competente en materia de justicia gratuita, con voz y sin voto. Esta persona será designada por la persona titular de la dirección general con competencias en materia de justicia gratuita.

Entre las funciones que el artículo 12 del Decreto 175/2021 atribuye al Consejo Asesor de Asistencia Jurídica Gratuita, se encuentra “Aprobar una memoria anual sobre asistencia jurídica gratuita en la Comunitat Valenciana a propuesta de la dirección general competente en materia de justicia gratuita”