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Actualización 15 de abril de 2024

SUSPENDIDAS LAS QUEMAS DE RESIDUOS AGRÍCOLAS Y MÁRGENES DE CULTIVO

En terrenos forestales y en la zona de influencia forestal (ZIF: 500 m de distancia al terreno forestal).

Desde el 15 de abril de 2024  y hasta el 15 de octubre de 2024, ambos inclusive, o hasta nueva resolución.

Más información:

Regulación de uso del fuego

Novedades

Atrás Se amplía de forma excepcional el período de quema de residuos vegetales generados en labores agrícolas mediante uso del fuego.

Se amplía de forma excepcional el período de quema de residuos vegetales generados en labores agrícolas mediante uso del fuego.

Se amplía, de manera excepcional y hasta el 16 de junio de 2023 inclusive, el periodo de quema de residuos vegetales generados en tareas agrícolas situados en los terrenos colindantes o con una proximidad menor de 500 metros de terrenos forestales, establecido en el anexo III (Condiciones mínimas para la realización de quemas de residuos agrícolas y forestales, mediante el uso del fuego en terreno forestal o en la zona de influencia forestal) de la Resolución de 10 de febrero de 2023, de la consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica (DOGV 9540, 23.02.2023) 

Esta resolución sustituye la autorización de la Dirección General de Prevención de Incendios Forestales a la cual hace referencia el apartado 3 del anexo III de la Resolución de 10 de febrero de 2023, de la consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, para el periodo de vigencia de esta resolución.