Aportaciones

Aportaciones

Puedo hacer aportaciones voluntarias en el Plan de Pensiones para el Personal Empleado público de la Generalitat?

Sí, podrás realizar aportacion exclusivamente a tu cuenta cuando deseas y de la cantidad que quieras, teniendo en cuenta el límite legal establecido.

Se pueden hacer aportaciones voluntarias a favor de personas partícipes con discapacidad?

Se podrán realizar aportaciones a favor de personas partícipes con un grado reconocido de discapacidad física o sensorial igual o superior al 65 por ciento, psíquica igual o superior al 33 por ciento, así como de partícipes que tengan una incapacidad declarada judicialmente, independientemente de su grado, con las  especialidades establecidas en el texto consolidado de las especificaciones del Plan de Pensiones para el Personal Empleado público de la Generalitat.

Cuánto puedo aportar voluntariamente cada año?

La suma de todas las aportaciones directas o imputadas a este u otros planes de pensiones, no puede exceder del límite legal establecido en la normativa vigente.

Cómo puedo efectuar aportaciones voluntarias?

Todos los trámites se realizan en las oficinas de CaixaBank, personalmente o a través de la banca en línea.

Puedo integrar las cantidades que tengo en otro plan de pensiones en este?

Sí, puedes pasar todas las cantidades que deseas de otro plan de pensiones a este.

Puedo pasar las cantidades de las contribuciones que me hace el promotor en otro plan de pensiones que ya tengo?

No, los derechos consolidados de las personas partícipes de este plan de pensiones no pueden movilizarse en otros planes de pensiones, excepto cuando se extinga la relación laboral o de servicios con la entidad promotora.

Por qué?

Porque este plan es del sistema de ocupación y la Ley de Regulación de los planes y Fondos no lo permite.

Cuál es la fiscalidad de las aportaciones?

Las aportaciones por parte del promotor (la empresa) a favor de la persona partícipe (trabajador/a) tienen un efecto fiscal neutro, es decir, son rendimientos de trabajo y como tal incrementan la base imponible, pero después se deducen de la misma base imponible. De hecho, todas las aportaciones realizadas, tanto las del promotor como las voluntarias, reducen la base imponible en la declaración del IRPF.

Nuevos límites de aportación/reducción y novedades fiscales

Una vez llegada la jubilación puedo continuar haciendo aportaciones?

Sí. A partir de la jubilación el partícipe podrá continuar realizando aportaciones en su plan de pensiones.

Y cuando empiezo a cobrar el plan de pensiones?

Podrás continuar realizando aportaciones pero solo podrán destinarse para las coberturas de defunción y dependencia.

Se están realizando contribuciones actualmente?

El Decreto Ley 1/2012, de 5 de enero, del Consell, de medidas urgentes para la reducción del déficit en la Comunidad Valenciana, en el artículo 10, establece que durante el ejercicio 2012, las personas jurídicas, públicas o privadas, incluidas en el ámbito de este decreto ley, no podrán realizar aportaciones a planes de pensiones de ocupación que incluyan la cobertura de la contingencia de jubilación, prohibición extendida a los ejercicios siguientes por las sucesivas leyes de presupuestos de la Generalitat, por lo cual carencia de efectos económicos desde entonces la declaración de participo de la persona interesada.