Conselleria de Justicia y Administración Pública
Presentación - Inspección General de Servicios
Rendición de cuentas - Presentación
La Inspección General de Servicios (en adelante IGS) publica a través del Portal GVA-OBERTA información periódica del resultado de sus actuaciones con las limitaciones derivadas, por una parte, del cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y, por otra, de la propia naturaleza de sus actuaciones y de las funciones que tiene atribuidas, de acuerdo con lo que dispone la Ley 18/2022, de 6 de noviembre, de Inspección General de Servicios y del sistema de alertas para la prevención de malas prácticas en la Administración de la Generalitat y su sector público instrumental, el Decreto 132/2024, de 1 de octubre, del Consell, que la desarrolla y la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
La finalidad que se persigue al publicitar y difundir información de la actividad desarrollada por la IGS no es otra que hacer un ejercicio activo de transparencia y rendición de cuentas ante la ciudadanía que, como sujeto de la acción pública, demanda de sus administraciones información y participación proactiva en todos los procesos de toma de decisión sobre políticas públicas.
La rendición de cuentas de la IGS se realiza mediante la publicación de información sobre su actuación estructurada en dos epígrafes diferenciados:
• Informes anuales de evaluación de los Planes de Actuación de la IGS, en los cuales puede consultarse el detalle sobre la ejecución de la planificación realizada por la inspección.
• Fichas resumen de actividad de la IGS, que integra la siguiente información:
Por una parte, se publican fichas resumen de actuaciones de investigación, ordenadas por año de finalización, con información básica sobre los resultados obtenidos, incluyendo un extracto de las conclusiones y recomendaciones efectuadas. Se incluyen los resultados de las actuaciones ordinarias previstas en el plan de actuación de la IGS, de las actuaciones extraordinarias o solicitadas por otros órganos, de las derivadas de denuncias y comunicaciones, así como las de seguimiento de actuaciones anteriores.
Y, por otra parte, con una nueva estructura desde 2025, se publican mensualmente tres tipos de fichas de información sobre actividad realizada en el mes anterior: las fichas relativas al número de denuncias y comunicaciones anónimas derivadas o inadmitidas; las que recogen información sobre el número de denuncias de acoso laboral finalizadas y, por último, las fichas sobre quejas presentadas ante la Inspección General de Servicios, por falta de respuesta a una queja interpuesta ante otro órgano de la Generalitat.
Es importante exponer que el ejercicio de la competencia básica de la IGS, regulada en el artículo 3 de la Ley 22/2018, conlleva funciones de análisis, investigación, evaluación y control de las unidades y servicios dependientes de la Administración de la Generalitat y su sector público instrumental con la finalidad de comprobar que su actuación se ajusta al marco jurídico de aplicación, y de evaluar la eficacia y eficiencia en la gestión.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 22/2018, la IGS tiene la facultad de proponer a los órganos competentes la adopción de las medidas necesarias para corregir las posibles deficiencias detectadas en las actuaciones desarrolladas. No obstante, corresponde a dichos órganos acometer las acciones necesarias, por tanto, las actuaciones de comprobación, investigación y control de la IGS en ningún caso conllevan facultades instructoras o resolutorias, sino que finalizan con las conclusiones sobre lo observado, y la propuesta de recomendaciones y su seguimiento, cuando proceda.